Unión Africana (UA)


¿Cuáles son su antecedentes?

La antes llamada Organización de la Unidad Africana OUA, surgió en la Conferencia de Addis-Abeba, celebrada en mayo de 1963, en la que 32 Estados firmaron la Constitutiva de la OUA (desde 2002 Unión Africana) con el objetivo de erradicar el colonialismo y promover la cooperación económica, cultural y política en todo el continente.

Con este propósito la OUA luchó por la unidad y solidaridad entre los Estados africanos; la cooperación y los esfuerzos por lograr una vida mejor para los pueblos africanos; la soberanía, integridad territorial e independencia; erradicar todas las formas de colonialismo en África y lograr la cooperación internacional. (International Relations and Cooperation, s.f.).

¿Qué objetivos tiene?

African Union flag (2016). En Wikipedia. Recuperado de https://en.wikipedia.org/wiki/File:African_Union_flag.svg

Luego de su reforma en 2002 nuevos objetivos se persiguen:

  • Lograr una mayor unidad y solidaridad entre los países africanos y los pueblos de África.
  • Defender la soberanía, integridad territorial e independencia de los Estados Miembros.
  • Acelerar la integración política y socio-económica del continente.
  • Promover y defender las posturas comunes africanas sobre asuntos de interés para todo el continente y sus pueblos.
  • Estimular la cooperación internacional, tomando debidamente en cuenta la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • Promover la paz, la seguridad y la estabilidad en el continente.
  • Promover los principios y las instituciones democráticas, la participación popular y el buen gobierno.
  • Promover y proteger los derechos humanos de los pueblos en correspondencia con la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y otros instrumentos pertinentes.
  • Crear las condiciones necesarias que permitan al continente desempeñar su justo papel en la economía global y las negociaciones internacionales.
  • Promover el desarrollo sustentable en lo económico, social y cultural, así como la integración de las economías africanas.
  • Promover la cooperación en todas las esferas de la actividad humana para elevar el nivel de vida de los pueblos africanos.
  • Coordinar y uniformar las políticas de las Comunidades Económicas Regionales para el logro gradual de los objetivos de la Unión.
  • Fomentar el desarrollo del continente mediante la promoción de la investigación en todos los campos, en particular la ciencia y la tecnología.
  • Trabajar con colaboradores internacionales pertinentes en la erradicación de enfermedades previsibles y la promoción de una buena salud en el continente.

¿Cuàl es su estructura?

The New African Union Commission headquarters building in Addis Ababa, Ethiopia.

Según el Acta de Constitución de la Unión Africana su estructura (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, s.f.):

  • La Asamblea: El Acta Constitutiva especifica claramente las funciones y los poderes de la Asamblea como órgano supremo de la UA integrado por Jefes de Estado y Gobierno. Sudáfrica ha participado en la elaboración de las Normas de Procedimiento de la Asamblea, y el mismo proceso ha tenido lugar en el ámbito de la Comunidad de Desarrollo de África Austral.
  • El Consejo Ejecutivo: El Consejo Ejecutivo es la reunión de los Ministros del Exterior u otros Ministros a quienes se les ha encomendado la responsabilidad de debatir la UA. Los temas debatidos por el Consejo Ejecutivo tendrán que ser sometidas a la Asamblea.
  • El Comité de Representantes Permanentes: El Comité de Representantes Permanentes está integrado por los Representantes Permanentes y otros Plenipotenciarios ante la Unión. Esta estructura no se reconocía formalmente bajo la OUA, aunque los embajadores se reúnen regularmente. El CRP trabajará en estrecha colaboración con la Comisión; participará en el proceso de nominación y designación de los Comisionados; revisará la selección y designación de consultores y dará seguimiento a la instrumentación de las decisiones de la Cumbre. El trabajo del CRP se subordinará al Consejo Ejecutivo.
  • La Comisión: La Comisión estará ubicada en la Sede de la UA y estará encabezada por el Presidente de la UA. El Presidente contará con el apoyo de un Vicepresidente y Comisionados, así como otro personal de apoyo.
  • Los Comités Técnicos Especializados: Se crearán además Comités Técnicos Especializados (CTE) dentro de la Secretaría y encabezados por Comisionados. Los CTE se encargarán de temas como Economía Rural y Asuntos Agrícolas, Asuntos Monetarios y Financieros, Comercio, Asuntos de Aduana e Inmigración, Ciencia, Tecnología, Transporte, Comunicaciones, Educación, Cultura, etc.
  • El Parlamento Pan-Africano (PPA): El Protocolo en virtud del cual se establece el Parlamento Pan-Africano fue aprobado en el 2000 durante la Cumbre de la OUA en Lomé, Togo. Se encuentra en proceso de firma y ratificación. Hasta el momento, 21 estados miembros lo han suscrito y tres lo han ratificado. El Artículo 22 del Protocolo del PPA dispone que el Protocolo entrará en vigor una vez que una mayoría simple de estados miembros haya depositado sus instrumentos de ratificación.
  • Aunque el Acta Constitutiva de la Unión Africana no especifica las funciones y poderes del PPA, el Protocolo establece que durante los primeros cinco años de existencia del Parlamento, solamente tendrá poderes de asesoría y consultoría.
  • El Consejo Económico, Social y Cultural (ECOSOCC): La Cumbre de la OUA en Lusaka solicitó al Secretario General presentar ante el LXXVI Período Ordinario de Sesiones del Consejo, o sea, en julio del 2002, un informe sobre el ECOSOCCC, con recomendaciones en cuanto a estructura, esferas de competencia, criterios para la selección de los miembros del ECOSOCC, relaciones entre el ECOSOCC y las ONG y agrupaciones profesionales regionales, las Normas de Procedimiento de la ECOSOCC y su programa de trabajo. Este es uno de los órganos de la UA que propicia la participación de la sociedad civil. Según la decisión de la Cumbre de Lusaka sobre el ECOSOCC, los estados miembros tendrán que determinar su estructura, funcionamiento, esferas de competencia, criterios de selección, Normas de Procedimiento y programa de trabajo.
  • La Corte de Justicia: El Acta Constitutiva de la UA dispone el establecimiento de la Corte de Justicia y un Protocolo sobre sus estatutos, composición y funciones. No está claro aún en qué consistirán exactamente las funciones y poderes de la Corte, y si tendrá o no jurisdicción sobre estados y nacionales. Las funciones y poderes de la Corte se explicarán más detalladamente en el Protocolo, donde además se aclarará su repercusión en las legislaciones nacionales.
  • Instituciones Financieras: El Artículo 19 del Acta dispone el establecimiento de instituciones financieras cuyas normas y regulaciones deberán definirse en protocolos al respecto. Las implicaciones de auspiciar estas instituciones sólo se harán manifiestas cuando se hayan completado los protocolos pertinentes. Las instituciones son: El Banco Africano, El Fondo Monetario Africano y El Banco Africano de Inversiones.

¿Cuáles son los países aliados?

Actualmente los siguientes Estados hacen parte de la UA: Argelia, Angola, Benin, Botswana, Burkina-Faso, Camerún, Cabo Verde, República Centro Africana, Chad, Comores, Congo, Costa de Marfil, Yibuti, Egipto, Guinea Ecuatorial, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Kenia, Lesoto, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi. Malí, Mauritania, Mauricio, Mozambique, Namibia, Níger Nigeria, Ruanda, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Suazilandia, Tanzania, Túnez, Uganda, Zaire, Zambia y Zimbabwe.

African Union (orthographic projection) (2009). En Wikipedia. Recuperado de https://commons.wikimedia.org/wiki/File:African_Union_(orthographic_projection).svg