Giros directos

Este medio de pago está sujeto al régimen cambiario existente en cada país y consiste básicamente; en lo siguiente:

En los medios de pago mencionados (c/c y cobranza documentaria) el banco del país importador puede cumplir simultáneamente dos funciones: transferir fondos y certificar su intervención en el cuerpo del documento de embarque, evidenciado de tal forma que ha controlado y analizado la operación de acuerdo a las normas restrictivas cambiarlas y las ha hallado conformes; esto en los casos de control cambiario.

Si está liberada la importación desde el ángulo de pagos y por tanto no es exigible esta certificación bancaria en la documentación, el exportador puede enviar directamente al importador la documentación requerida para la gestión aduanera sin mediación alguna. Llegado el plazo para el pago, el importador valiéndose o no de una institución bancaria, efectúa el pago de la deuda. No existe plazo y generalmente, se realiza con el uso de un cheque.

Dependiendo de cómo se manejen, deben de hacerse cruces entre ellos para poder establecer dónde se están integrando unas arcas con otras. Cada cadena de distribución física tiene distintos componentes.