CAPACITACIÓN FORMAL
El objetivo principal es poner a disposición de la comunidad neogranadina los recursos y herramientas para recibir educación formal, de modo que logre la más alta calidad profesional y así desarrollar todas sus capacidades para el óptimo desarrollo institucional. Este procedimiento aplica para el personal administrativo de carrera que cumpla con los requisitos estipulados en la normatividad que otorga cupos para educación formal. Es necesario tener en cuenta las condiciones y requisitos para aspirar a estudios, según Resolución 0325 del 23 de febrero de 2012:
Requisitos:
- Formulario de solicitud de educación formal debidamente diligenciado. Debe anexar la información del programa, su duración y costo. El formulario deberá ser presentado dentro de los términos establecidos.
- Quien solicita apoyo en educación formal en el nivel de pregrado debe cumplir con un promedio de calificación igual o superior a 85 puntos ponderado en la última evaluación de desempeño laboral.
- Quien solicita apoyo en educación formal en el nivel de posgrado debe cumplir con un promedio de calificación igual o superior a 90 puntos ponderados en la última evaluación de desempeño laboral.
- Carta de justificación y pertinencia personal, profesional e institucional para la formación solicitada.
- Tener una vinculación como empleado público en la Universidad Militar Nueva Granada superior a un año.
- No haber sido sancionado disciplinariamente en el último año.
- La formación solicitada no podrá ser inferior a la que posee el empleado público.
- No encontrarse prestando por apoyo recibido en educación formal.
- Suscribir un compromiso de adquisición de garantías y contraprestación de servicios según sea el caso.
El apoyo económico al personal administrativo de carrera y libre nombramiento y remoción, sin detrimento de sus emolumentos mensuales, se realizará con relación al valor de la matrícula por periodo académico así:
Incentivo para educación formal adelantada en la Universidad Militar Nueva Granada: al empleado público de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que reciba apoyo económico por periodos académicos que conforman la educación formal adelantada dentro de la Universidad Militar Nueva Granada, se le brindará una ayuda un porcentaje del 60% sobre el valor de la matrícula ordinaria para doctorado, maestría, especialización y pregrado por el número de semestres o ciclos regulares que dure el programa.
PARÁGRAFO. El porcentaje de apoyo establecido en este artículo será acumulable al establecido en la categoría Institucional por Acuerdo del Consejo Superior de la Universidad Militar Nueva Granada; así como al que contempla la ley en requisitos y condiciones por haberse ejercido el derecho al voto (este no podrá exceder en ningún caso el 100%).
- Incentivo para educación formal adelantada en otras instituciones de educación superior en Colombia: el empleado público de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que reciba apoyo económico por periodos académicos que conforman la educación formal, adelantada en otras instituciones distintas a la Universidad Militar Nueva Granada, se le brindará dicho apoyo en un porcentaje del 60% sobre el valor de la matricula ordinaria para los niveles de doctorado, maestría, especialización o pregrado por el número de semestres o ciclos regulares que dure el programa.
Acuerdos y compromisos de tiempo y permanencia cuando la educación formal es adelantada en la Universidad Militar Nueva Granada:
- Carta de compromiso o contraprestación y pagaré en blanco, con suscripción de la respectiva carta de instrucciones, las cuales deben ser renovadas cada vez que reciba el apoyo. Será acumulable.
- Suscripción de una póliza de garantía, cuando el apoyo supere los diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes durante el periodo de estudios y de contraprestación.
- Carta de acuerdo de permanencia con la Universidad. De acuerdo con el nivel de formación otorgado por concepto de incentivo:
- Carta de acuerdo de permanencia con la Universidad. De acuerdo con el nivel de formación otorgado por concepto de incentivo:
- Doctorado: cinco años de contraprestación de servicios, una vez obtenido el título.
- Maestría o especialización: un año de contraprestación de servicios una vez obtenido el título.
- Pregrado: dos años de contraprestación de servicios una vez obtenido el título.
- Presentar la certificación de notas al término de cada periodo académico ante la División de Gestión del Talento Humano, junto con el recibo de pago del periodo a cursar y la solicitud de renovación del incentivo en educación formal.
- Mantener un promedio académico acumulado por periodo cursado no inferior a 3.5.
- El empleado público de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción deberá presentar un informe de evaluación de impacto (según formato), pasados seis meses de la obtención del título, valorando el beneficio del apoyo recibido.
Acuerdos y compromisos de tiempo y permanencia cuando la Educación formal es adelantada en otras Instituciones de Educación Superior en Colombia:
- Carta de compromiso o contraprestación y pagaré en blanco, con suscripción de la respectiva carta de instrucciones, las cuales deberán ser renovadas cada vez que reciba el apoyo y será acumulable.
- Convenio mediante el cual el beneficiado se compromete a prestar sus servicios a la Universidad Militar Nueva Granada, por el doble de tiempo de duración de la formación.
- Constituir póliza de garantía de cumplimiento por el termino señalado en el aparte anterior y un (1) mes más, y por el ciento por ciento (100%) del valor total de los gastos en que haya incurrido la Universidad con ocasión de la formación y los sueldos que el funcionario pueda devengar durante el transcurso du su formación, siempre y cuando esta generar desprendimiento total de sus funciones; dicha póliza deberá ser renovada semestral o anualmente según el periodo académico a cursar.
- Presentar al término de cada periodo académico, a la División de Gestión del Talento Humano, la certificación de notas, el recibo de pago del periodo a cursar, Lo anterior con la solicitud de renovación del incentivo en Educación Formal, si ella hubiere lugar.
- Mantener un promedio académico acumulado por periodo cursado no inferior a 3.5.
- El empleado público de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción, deberá presentar un informe de evaluación de impacto según formato, pasados 6 meses de la obtención del título, valorando el beneficio del apoyo recibido.
Los demás establecidos en la Resolución 0325 de 23 de febrero de 2012.