CAFAM

La División de Gestión del Talento Humano de la Universidad Militar Nueva Granada cuenta con CAFAM, Caja de Compensación, para contribuir al mejoramiento de calidad de vida del trabajador y su familia, mediante beneficios sociales que ofrecen al afiliado, sea dinero, especie y servicios, según los ingresos y en proporción al número de personas a cargo.

El subsidio en dinero es la cuota monetaria por cada persona que tengas a cargo, previo cumplimiento de los requisitos legales y documentales que debe anexar. En el 2015 está contemplada una cuota monetaria de $ 26.866. El subsidio en especie se puede recibir en alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, medicinas y otros no pagados en efectivo; el subsidio en servicios lo puede aprovechar a través del portafolio en recreación y deportes, turismo, salud, seguros, educación, cultura, créditos, vivienda y programas sociales, entre otros.

Todos los funcionarios vinculados con la Universidad en la modalidad de contrato a término indefinido, (administrativos y docentes de planta) y contrato a término fijo, (docente cátedra y docentes ocasionales) gozan de la afiliación a la Caja de Compensación Cafam y los servicios que ofrece. Además reciben la Tarjeta Integral Cafam, que lo identifica como afiliado a la Caja, con la que puede aprovechar promociones, ofertas, tarifas preferenciales y una atención de calidad. También puede usarla como medio de pago en Droguerías Cafam, Centrales de Servicio, Centro Comercial Cafam Floresta, Oficinas móviles, Oficinas Integrales, Fundación Universitaria Cafam, Agencia Expreso Viajes y Turismo, Salud Cafam, Ópticas Cafam, en los establecimientos en convenio, identificados con una etiqueta y en los Almacenes de la Alianza Cafam – Grupo Éxito. Así mismo, puedes obtener el combo escolar para tus hijos y acceder a tarifas especiales en las cajas de compensación aliadas. Para acceder al subsidio familiar debe cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos legales del trabajador

La Ley 789 de 2002 Art. 3, establece que tienen derecho a la cuota monetaria en dinero los trabajadores al servicio de empleadores, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos: