Reglas aditivas

Si se representan por A y B dos sucesos que solamente uno de ellos puede ocurrir en un solo ensayo, se dice que son mutuamente excluyentes. En otras palabras, si ocurre uno no puede suceder el otro. La probabilidad conjunta de que se den los dos sucesos está dada por:

Si se tienen más sucesos, se puede extender este concepto:

Ejemplo 1:

Si se tiene un mazo de 52 cartas y se extrae al azar una de ellas, ¿la probabilidad de obtener una carta negra o una figura roja es? También, ¿la probabilidad de no obtener una carta negra o una figura roja es?

El espacio muestral de una baraja de 52 es:

AS 2-10 J,K,Q
Diamantes 1 9 3
Corazones 1 9 3
Picas 1 9 3
Tréboles 1 9 3

Ejemplo 2:

Si se tiene una caja con seis bolas rojas, cuatro negras y tres rojas, y se extrae una al azar, determinar la probabilidad de que sea negra o roja.

Si se tienen sucesos que comparten alguna característica o que no son mutuamente excluyentes, es decir, cuando la posibilidad de que ocurra un suceso no impide la ocurrencia del otro. En este caso, la probabilidad de los dos sucesos se determina así: