![](http://virtual2.umng.edu.co/distancia/ecosistema/odin/assets/docs/logo.png)
Proceso licitatorio
- El jefe o representante legal de la entidad estatal ordenará su apertura por medio de acto administrativo motivado.
- Elaboración del correspondiente pliego de condiciones o términos de referencia.
- Dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a la apertura de la licitación o concurso se publicarán hasta tres (3) avisos con intervalos entre dos (2) y cinco (5) días calendarios, según lo exija la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en diarios de amplia circulación, o a falta de éstos en otros medios de comunicación social que posean la misma difusión.
- Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de propuestas y a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliego de condiciones o términos de referencia, se celebrará una audiencia con el objeto de precisar el contenido y alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un acta suscrita por los intervinientes.
- El plazo de la licitación o concurso, entendido como el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se puede presentar propuestas y la de su cierre, se señalará en los pliegos de condiciones o términos de referencia, de acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato.
- Cuando lo estime conveniente la entidad interesada o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan retirado pliego de condiciones o términos de referencia, dicho plazo se podrá prorrogar, antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado.
- Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el pliego de condiciones o términos de referencia. Los proponentes pueden presentar alternativas y excepciones técnicas o económicas siempre y cuando ellas no signifiquen condicionamientos para la adjudicación.
- Señalamiento del plazo razonable dentro del cual la entidad deberá elaborar los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las propuestas y para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables.
- Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes.
- Los plazos para efectuar la adjudicación y para la firma del contrato se señalarán en los pliegos de condiciones o términos de referencia. El jefe o representante legal podrá prorrogar dichos plazos antes de su vencimiento y por un término no mayor a la mitad del inicialmente fijado. Dentro del mismo término de adjudicación, podrá declararse desierta la licitación o concurso.
- La adjudicación de la licitación podrá hacerse en convocatoria a audiencia pública.
- El acto de adjudicación se hará mediante resolución motivada. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario.
- Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término que se haya señalado, quedará a favor de la entidad contratante, en calidad de sanción, el valor del depósito de garantía, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de los citados depósitos de garantía.