Accesos por mar y tierra a la instalación portuaria y a los buques que estén fondeados en ella.
Integridad estructural de los muelles, las instalaciones y las estructuras conexas.
Procedimientos y medidas de protección existentes, incluidos los sistemas de identificación.
Procedimientos y medidas de protección existentes relativos a la infraestructura y a los servicios portuarios.
Medidas para proteger el equipo de radio y telecomunicaciones, la infraestructura y los servicios portuarios, que incluyen los sistemas informáticos y las redes de ordenadores.
Zonas adyacentes que puedan utilizarse durante un ataque.
Acuerdos existentes con compañías privadas de seguridad que ofrezcan servicios de protección en las aguas del puerto y en tierra.
Incompatibilidades entre los procedimientos y las medidas de seguridad y protección.
Incompatibilidades entre las tareas asignadas en la instalación portuaria y las tareas de protección.
Restricciones de dotación o del personal que vigila el cumplimiento de las normas de seguridad.
Deficiencias identificadas al impartir formación o durante los ejercicios, si las hay.
Deficiencias identificadas durante las operaciones diarias, después de un suceso o alerta, en informes sobre aspectos de protección preocupantes, al imponer medidas de control o en el marco de una auditoría, etc., si las hay.
Textos tomados de: Organización Marítima Internacional (2002).