Decreto 1111 de 2017
Se establecen los estándares mínimos* para implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) para empleadores y contratantes, los cuales son de obligatorio cumplimiento para todo tipo de empresas, de cualquier tamaño o nivel de riesgo. La expedición de esta norma permitirá al Ministerio de Trabajo, a través de personal competente, evaluar el cumplimiento en la implementación del SG-SST por parte de las empresas, y del mismo modo les confiere a las empresas el derecho de obtener una certificación del cumplimiento. La norma dio plazo a las empresas para el cumplimiento de todos los estándares al iniciar el año 2020.
*Estándares mínimos: "los estándares mínimos son el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento, mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica; de suficiencia patrimonial y financiera; y de capacidad técnico administrativa, indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades de los empleadores y contratantes en el Sistema General de Riesgos Laborales" (Resolución 1111, 2017).
Aspectos importantes:
- El decreto 1111, establece que los estándares se adecuarán a cada empresa dependiendo del número de trabajadores, la actividad económica y los oficios que lleven a cabo.
- La norma cambió las exigencias en cuanto a la formación del personal autorizado para el diseño, administración y ejecución del sistema; el siguiente cuadro resume los perfiles y alcances del personal:
PERFIL | ALCANCE DE ACTIVIDADES |
Profesionales en SST, profesionales de otras áreas con especialización en SST, con licencia vigente en SST, y con el curso de capacitación virtual de 50 horas. | Diseñar, administrar y ejecutar el SG-SST de las empresas con cualquier número de trabajadores independientemente del tipo de riesgo o actividad que ejecuten. |
Técnicos o tecnólogos en SST, con 2 años de experiencia en actividades de SST, con licencia vigente y curso de capacitación virtual de 50 horas. | Diseñar, administrar y ejecutar el SG-SST en empresas de 10 o menos trabajadores y clasificadas con riesgo I,II,II. |
Personas con el curso de formación para el trabajo y desarrollo humano en SST, con experiencia de 2 años en actividades de SST y con el curso de capacitación de 50 horas. | Ejecutar el SG-SST en empresas de 10 o menos trabajadores. No pueden diseñar el SG-SST. |
Las ARL cuyo personal tenga licencia en SST. | Asesoría, asistencia y acompañamiento técnico para la implementación del SG-SST. |
Estudiantes de último semestre de programas profesionales, especialización o maestría en SST, con el curso de capacitación virtual de 50 horas y con vínculo laboral con empresas de 50 o menos trabajadores. | Diseño del SG-SST bajo la supervisión de un docente con licencia, sin costo para los empleadores. |
Gremios, Cámaras de Comercio, Asociaciones, Sociedades científicas, Universidades, Instituciones de educación formal y de formación para el trabajo y desarrollo humano. | Diseño del SG-SST en empresas pequeñas, en forma gratuita y con personal capacitado y con licencia. |
Empresas contratantes, con personal profesional, especialista o magister en SST, con licencia y con el curso de capacitación virtual de 50 horas. | Asesorar, capacitar y colaborar en el diseño e implementación del SG-SST, en empresas de 50 o menos trabajadores. |
- El Ministerio de Trabajo, concederá el Certificado de Acreditación, como un reconocimiento a las Empresas que demuestren una calificación excelente en los estándares mínimos, para lo cual deben cumplir con:
- Contar con mínimo 2 planes anuales del SG-SST con cumplimiento del 100%.
- Tener el programa de Auditoria del SG-SST con más de 2 años de funcionamiento.
- Comprobar que tiene bajos indicadores de accidentalidad, incidencia de enfermedades laborales y ausentismo laboral.
- Evidenciar que cuentan con planes y resultados que superan los requisitos mínimos.
- Aprobar la visita realizada por personal idóneo, delegado por el Ministerio de Trabajo.
- Para la calificación de los estándares mínimos del SG-SST se debe utilizar la Tabla de Valores y Calificación, contenida en la Resolución, donde se presentan los valores que se deben asignar a cada uno, lo cual permitirá establecer si se cumple o no.
- La norma establece los criterios conforme a los resultados de la evaluación de estándares mínimos, que permiten establecer si se requiere realizar Planes de Mejora, así:
- Si el puntaje obtenido es mayor o igual a 86% se considera aceptable,
- Puntaje entre 61% y 85% se considera Moderadamente Aceptable y se debe realizar el plan de mejoramiento enviando reporte de avances a la ARL con plazo de 6 meses posteriores a la evaluación.
- Puntaje menor al 60%, se valora como Crítico. Se debe realizar plan de mejoramiento inmediato, enviar a la ARL informe de avances con un plazo de 3 meses después de la evaluación.
Si se desea conocer a profundidad esta resolución, haz clic en el siguiente enlace:
Resolución 1111 de 2017, Ministerio del Trabajo, Bogotá, Colombia, 27 de marzo de 2017.
Recuperado de: http://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/647970/Resoluci%C3%B3n+1111-+est%C3%A1ndares+minimos-marzo+27.pdf