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Durante el siglo XX se llevaron a cabo diversos ejercicios de planeación que, en su camino hacia la formulación y operacionalización, requerían de la organización óptima de la estructura administrativa del Estado, del diseño de herramientas legales y del fortalecimiento de su capital humano, en procura del mejoramiento en la calidad técnica y humana de la burocracia, lo cual trajo consigo diversas reformas administrativas como prerrequisito en la tecnificación y modernización del aparato gubernamental.
Desde mediados del siglo pasado, la planeación se ha convertido en un instrumento de apoyo en los procesos de gestión gubernamental, sin embargo, en la Constitución de 1886 se lee:
“…no se hablaba propiamente de la planeación, se hacía referencia al tema del presupuesto como eje ordenador y referente para realizar las diferentes inversiones que necesitaba el país. En posteriores reformas, como el Acto Legislativo No. 1 de 1945 y, especialmente, en la de 1968 (gobierno de Lleras Restrepo), el tema de la planeación tuvo un gran impulso, sobre todo en lo pertinente a la implementación de los planes de desarrollo por parte del gobierno central.” (Grosso Rincón, 2009, pág. 2)
Comienza el intervencionismo de Estado y con él, de manera incipiente, una política planificadora. La Ley 60 de 1922 autoriza al Ejecutivo para contratar una misión de expertos extranjeros en materia fiscal, administrativa y bancaria: la misión Kemmerer y de cuyas recomendaciones se origina una cascada de reformas y normas que inician una etapa en la organización de la vida económica del país.
Logros más importantes de la misión:
Esta reforma constituyó un hito importante para el ordenamiento de la Hacienda Pública y sentó las bases para el despegue del sector financiero.
Chahin, C. (2008). Pedro Nel Ospina. [Retrato]. Recuperado de: https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Pedro_Nel_Ospina.jpg
Se consagra por primera vez la obligación de diseñar planes a los cuales debía someterse el desarrollo de la economía y los programas del Estado. Obligación que fue apoyada y desarrollada a partir de las misiones internacionales contratadas por Colombia, allí se hicieron los estudios y diagnósticos que delinearon las características básicas de la planificación para la nación.
Creación del Comité de Desarrollo Económico y la Oficina de Planificación, dentro de sus funciones, se incluyeron:
Creación de la Dirección Nacional de Planificación Económica y Fiscal. Donde se define el enfoque de planeación con prelación al estudio de los problemas sectoriales y regionales.
Crea el Consejo Nacional de Política Económica y Planeación y el Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos (este, bajo el estatus de Departamento Administrativo pasa a ser una dependencia directa de la presidencia de la República), esta misma ley dio vida la acción comunal en el país.
En 1959 triunfa la Revolución cubana y ante una posible difusión del comunismo en América Latina se lleva a cabo una reunión entre los mandatarios del continente, donde se origina un acuerdo de cooperación entre Estados Unidos y los países latinoamericanos denominado Alianza para el Progreso. Dentro de las estrategias a llevar a adelante se encontraban el desarrollo social, la reforma agraria y la necesidad de someter las economías de estos países a un proceso de planeación económica.
En mayo de 1961 el presidente Kennedy divulga la plataforma de cooperación para América Latina; allí plantea la necesidad de que cada país presente un plan de desarrollo a largo plazo, que se convertirá en el documento decisivo para hacer efectiva la ayuda ofrecida.
En esta reforma se puntualiza que la planeación es un mecanismo de organización y racionalización de la acción gubernamental; dicha reforma le asignó al Congreso de la República la facultad de establecer los planes y programas de desarrollo económico y social e instauró la Comisión del Plan del Congreso como un ente permanente encargado de efectuar el primer debate a los planes de desarrollo y velar su realización y la ejecución del gasto público. A finales de los años setenta hubo un giro significativo de la planeación en Colombia, en respuesta a dos transformaciones estructurales del país: la urbanización y la descentralización.
A partir de la Reforma Constitucional de 1968, los presidentes de turno propusieron planes de desarrollo, pero no alcanzaron el estatus de Ley de la República como si se va a establecer después de la Constitución de 1991.
Se convocó una Asamblea Constituyente de la cual se derivó la Constitución de 1991, donde se definió la organización política del país como un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales.
La Constitución de 1991 creó formal y jurídicamente el Sistema Nacional de Planeación compuesto por el Consejo Nacional de Planeación y los Consejos Territoriales de Planeación.
En tal virtud, se consolida de manera definitiva la planeación como un sistema que debe articularse entre los niveles nacional, departamental y municipal con la participación de la sociedad.
Esta ley tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el Artículo 342 y en general por el Artículo 2 del Título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación.
Constituye una entidad esencial para definir las políticas macroeconómicas del Estado y un eje en el desarrollo económico y social del país, pero aún persisten rezagos de la falta de visión política y económica, al convertir a Planeación Nacional en un fortín político, perdiendo su autonomía y dinamismo institucional como planificador de la política económica del Estado.