Etapas y cronograma en la elaboración de los Planes de Desarrollo Territorial
En la elaboración del Plan de Desarrollo Territorial, además del marco legal básico integrado por la Constitución Política de Colombia y la Ley 152 de 1994, deberá tenerse en cuenta toda la normatividad que de manera directa incide en el proceso de planeación del territorio, como por ejemplo, la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios donde se dictan disposiciones en materia de recursos y competencias y se dan directrices para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
Así mismo se tendrán en cuenta el marco legal en materia presupuestal, tributaria, de racionalización del gasto, distribución de recursos y asignación de funciones a las municipios y departamentos, cuyo conocimiento y manejo constituye un factor clave a la hora elaborar dicho plan.
MOMENTOS/ETAPAS
ACTIVIDADES
Elaboración participativa del plan de desarrollo
Alistamiento institucional, aquí los alcaldes, alcaldesas, gobernadores y gobernadoras conforman equipo e imparten las orientaciones para elaborar el plan de desarrollo.
Elaboración de la versión preliminar del proyecto del plan de desarrollo. Alcaldes, alcaldesas, gobernadores, gobernadoras y su equipo con base en sus orientaciones, inicia el proceso de elaboración del plan, el cual se debe hacer de forma participativa y tener como prioridad el gasto público social.
esta etapa se consideran los compromisos adquiridos en el programa de gobierno, los insumos recolectados durante el proceso de empalme y la información disponible sobre las diferentes dimensiones de desarrollo de la entidad territorial.
Presentación de la versión preliminar del proyecto del plan de desarrollo al Consejo de Gobierno.
Consolidación del proyecto de plan y presentación a la Corporación Autónoma Regional.
Discusión con los representantes de la sociedad civil
Concepto Técnico de la Corporación Autónoma Regional.
Renovación del Consejo Territorial de Planeación. En todas las entidades territoriales debe existir la instancia de planeación, así que una vez posesionado el gobernante debe verificar primero si el Consejo está constituido y operando.
esta etapa se consideran los compromisos adquiridos en el programa de gobierno, los insumos recolectados durante el proceso de empalme y la información disponible sobre las diferentes dimensiones de desarrollo de la entidad territorial.
Presentación del Proyecto de Plan de Desarrollo al Consejo Territorial de Planeación con copia al Concejo Municipal, Distrital o Asamblea Departamental según sea el caso.
Discusión y aprobación
Revisión, socialización y remisión de concepto al alcalde, alcaldesa, gobernador o gobernadora.
Presentación del proyecto del Plan de Desarrollo ajustado, al Concejo municipal, distrital o asamblea departamental.
Aprobación del plan de desarrollo.
El Plan de Desarrollo Territorial es la herramienta de planificación por excelencia que guía las acciones de las administraciones departamentales, distritales y municipales durante un periodo de gobierno.