Diferencias entre un contrato civil y un contrato estatal

CONTRATO ADMINISTRATIVO O CONTRATO ESTATAL CONTRATO CIVIL

Tiene parámetros especiales que no le permiten salir de allí. Se impone la voluntad del Estado. Es vertical, el Estado tiene el poder dominante, el contratista es subordinado.

Prima el acuerdo de voluntades entre las partes. Es horizontal, igualdad entre las partes.

No todo el mundo puede contratar con el Estado. Existen inhabilidades e incompatibilidades.

Todas las personas interesadas pueden contratar.

Se exige además la suscripción de pólizas, garantías y publicación en el Diario Oficial.

Las que se establezcan en el contrato, de mutuo acuerdo.

En el contenido, además de las cláusulas esenciales que le son propias a todo contrato entre particulares, hay cláusulas excepcionales.

Lleva sólo las cláusulas propias del contrato civil.

Quien desee contratar con el Estado debe someterse a un procedimiento especial. Por su parte el Estado debe ceñirse a una selección objetiva, por ejemplo una licitación pública.

No están obligadas a contratar mediante una licitación pública sino que pueden hacerlo de forma privada y directa.

Diferencias entre la contratación pública y la privada. Elaborada a partir del texto de Álvarez Collazos, 2008.