El empleo público - Clasificación de los empleos

Como marco general en materia de empleo público, además de la Constitución Política de Colombia, la Ley 909 del 23 de septiembre de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia pública y se dictan otras disposiciones.”

El artículo 2º del Decreto 770 del 17 de marzo de 2005, reglamentario de la Ley 909 de 2004, define el empleo como:

«El conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado».

De igual manera y para efectos del diseño de los cargos, señala que las funciones, competencias laborales y requisitos específicos de cada empleo serán fijados por los respectivos organismos o entidades, en el marco de lo establecido para tal efecto por el Gobierno nacional, de acuerdo con los parámetros señalados en el artículo quinto del presente decreto, salvo para aquellos empleos cuyas funciones y requisitos estén señalados en la Constitución Política o en la ley.

Lo anterior, en virtud de lo dispuesto por el artículo 122 de la Constitución Política: «No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente».

En cuanto a la categoría de los empleos, el artículo 125 de la Constitución Política consagra en su inciso primero que: «Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley».

Cada entidad deberá establecer su propio manual específico de funciones y requisitos, según lo contemplado Decreto 1083 de 2015 en el cual se establecen los requisitos y las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades, el cual fue modificado por el Decreto 815 de 2018.

Clasificación de los empleos

El artículo 5º de la Ley 909 de 2004, clasificación de los empleos, dispone que los empleos de los organismos y entidades regulados por la presente ley son:

Empleos de carrera con excepción de elección popular, los de periodo fijo, conforme a la Constitución Política y la ley, los de trabajadores oficiales y aquellos cuyas funciones deban ser ejercidas en las comunidades indígenas, de acuerdo con su legislación. Además, señala los criterios para la clasificación de los empleos de libre nombramiento y remoción.

De acuerdo con la norma citada y dentro del marco constitucional y normativo, los empleos se clasifican así:

De acuerdo con la naturaleza general de sus funciones, las competencias y los requisitos exigidos para su desempeño, los empleos de las entidades u organismos (Decreto 770 de 2007 y Decreto 1083 de 2015) los empleos se pueden clasificar en los siguientes niveles jerárquicos:

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La Ley 909 de 2004 enmarca al empleo público como parte integral de un sistema que está integrado por una serie de componentes interrelacionados, con la misma injerencia sobre el funcionamiento del empleo público y donde se plantean una serie de interacciones que deben estar siempre articuladas y en sintonía, pues buscan la construcción de un sistema moderno, eficiente y que se base en la racionalidad administrativa. (Departamento Administrativo de la Función Pública, 2018, pág. 24)

Componentes del sistema de empleo público

El sistema de empleo público tiene siete (7) pilares sobre los que se edifica:

  1. Mérito
  2. Transparencia
  3. Moralidad
  4. Eficacia
  5. Imparcialidad
  6. Celeridad
  7. Igualdad

Estos pilares son los garantes del sistema en dos niveles:


  1. Son los que lo legitiman a nivel social.
  2. Enmarcan la relación de los ocho componentes del sistema. Los actores institucionales del empleo público: (Función Pública, Comisión Nacional del Servicio Civil y ESAP).

Sistema de empleo público Ley 909 de 2004

  1. Formación y capacitación
  2. Carrera administrativa
  3. Estructura del empleo público
  4. Gerencia pública
  5. Gestión por competencias
  6. Ingreso, ascenso y retiro
  7. Gestión del talento humano
  8. Evaluación del desempeño