El Reglamento Técnico Colombiano para la Evaluación y Control de Iluminación y Brillo en los Puestos de Trabajo, presenta las recomendaciones para una apropiada iluminación artificial.
La Resolución 2400 de mayo de 1979, en su capítulo III, artículos del 79 al 87, se refiere a la iluminación en los lugares y puestos de trabajo:
El sonómetro es el instrumento de medida de los niveles de presión sonora (NPS), es decir mide el nivel de ruido que existe en determinado lugar en un momento específico. La unidad de medida utilizada es el decibelio.
En Colombia disponemos de normatividad sobre ruido, entre ellas:
Niveles minimos de intensidad de iluminación | |
Trabajos que requieran diferenciación de detalles extremadamente finos, con muy poco contraste y durante largos periodos de tiempo. | 1000 lux |
Para diferenciación de detalles finos, con un grado regular de contraste y largos periodos de tiempo. | 500 a 1000 lux |
Cuando se requiera diferenciación moderada de detalles. | 300 a 500 lux |
Para trabajos con poca diferenciación de detalles. | 150 a 250 lux |
En trabajos ocasionales que no requieren observación detallada. | 100 a 200 lux |
Zonas de almacenamiento, pasillos para circulación de personal, etc. | 200 lux |
Garajes, reparación de vehículos. | 1000 lux |
Cuartos para cambios de ropas. | 200 lux |
Trabajo regular de oficina. | 1500 lux |
Corredores | 200 lux |
Sanitarios | 300 lux |
Bodegas | 200 lux |