Consejos Superiores de la Administración
Consejo Nacional Electoral
Se compone por un número no menos de siete consejeros, para un periodo de 4 años elegidos por el Consejo de Restado de ternas elaboradas por los partidos y movimientos políticos que tengan personería jurídica. No pueden ser reelegidos.
Son sus atribuciones:
- Ejercer la inspección y vigilancia de la organización electoral.
- Elegir y remover al Registrador Nacional del Estado Civil.
- Decidir sobre los recursos que se interpongan contra la decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales.
- Servir de cuerpo consultivo del gobierno en materia electoral.
- Velar por el cumplimento de las normas sobre partidos y movimientos políticos.
- Efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes.
- Reconocer la personería jurídica de los partidos y movimientos políticos.
Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes)
Fue creado por la Ley 19 de 1958, como máxima autoridad nacional de planeación. Su función esencial es asesorar al Gobierno en temas relacionados con el desarrollo económico y social del país. Está conformado por miembros permanentes con voz y voto, ellos son: el Vicepresidente de la República, los Ministros el Director del Departamento Administrativo de las Presidencia de la República, el Director del Departamento de Planeación y el Director del Departamento de ciencia y tecnología e innovación, (Colciencias).
Funciones
- Presentar, para su estudio y aprobación, la programación macroeconómica anual.
- Someter a su consideración el Plan Nacional de Desarrollo, en los términos señalados en la Ley orgánica del Plan.
- Presentar, para su aprobación, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Gobierno Nacional.
- Presentar, para su análisis, estudios sobre la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y sobre las políticas, estrategias, programas y proyectos del Gobierno Nacional.
- Someter, para su estudio y aprobación, las bases y criterios de la inversión pública.
- Presentar, para su estudio y aprobación, el plan financiero del sector público. g. Presentar, para su estudio y aprobación, el plan operativo anual de inversiones. h. Presentar, para su estudio y aprobación, el programa de desembolsos de crédito externo del sector público.
- Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con la celebración de los contratos de empréstito de la Nación o de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.
- Preparar y someter a su consideración los conceptos relacionados con el otorgamiento de garantías por parte de la Nación a los contratos de crédito interno o externo de las entidades públicas, en los términos previstos por las disposiciones legales vigentes.
- Presentar, para su estudio y aprobación, el monto y distribución de las utilidades y los superávit de las entidades descentralizadas.
- Prestar el apoyo requerido por el Conpes en todas las demás actuaciones y funciones de su competencia.
Consejo Superior de Política Fiscal
Es un organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de dirigir la política fiscal y de coordinar el Sistema Presupuestal. Lo integran, El Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional, el Consejero Económico de la Presidencia de la República, los Viceministros de Hacienda, los Directores de la Dirección General del Tesoro Nacional y Crédito Público, y de Impuestos y de aduanas.