Elementos del litigio
Los elementos del litigio son dos: la pretensión por una parte y la resistencia a esa pretensión por la otra:
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La pretensión es la exigencia de la subordinación del interés ajeno al propio según Carnelutti; sin pretensión no hay litigio.
De acuerdo con el tratadista italiano, la pretensión puede estar fundada racionalmente o carecer de bases jurídicas, la pretensión sin razón no deja de ser pretensión, así, tenemos que la pretensión puede ser discutida, fundada, satisfecha, impugnada, infundada, insatisfecha, resistida, y hasta sin derecho. Gómez Lara expresa que:
...existen desde luego varios medios para hacer valer la pretensión y estos pueden ser legales, como los ruegos o algunas presiones, pero también pueden ser ilegales, como las amenazas y la fuerza. Para ciertos campos del derecho, como el derecho penal la pretensión punitiva solo puede hacerse valer a través del proceso (Bailón, 2004).
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La resistencia es la oposición a la acción de una fuerza. Este es el segundo elemento del litigio, indispensable ya que si una pretensión no es resistida nunca nace el litigio.
Al igual que la pretensión, la resistencia puede ser discutida, fundada, infundada y sin derecho. El resistente tiene derecho a la contrademanda o reconvención, esto es, a la demanda que hace el demandado al actor en el mismo proceso en el que se actúa: la reconvención es la petición o nueva demanda que dirige el demandado contra el actor ante el mismo juez que lo emplazo.