Ventajas y desventajas
El arbitramento es una figura que ha provocado agudas controversias, especialmente en el ámbito laboral; no obstante, ofrece varias ventajas como:
- La celeridad en la solución de la cuestión litigiosa, porque cada tribunal opera dentro de límites establecidos, tiene un plazo fijo señalado por la ley o el convenio arbitral y se conforma uno sólo para cada caso.
- La especialidad, que obliga a que los árbitros sean expertos en el asunto que pretende ser resuelto en el tribunal arbitral, lo cual redunda en decisiones más acertadas.
- La inmediación, en cuanto los árbitros conocen y alternan con las partes, practican personalmente las pruebas, con una percepción directa de ellas.
- La confiabilidad, particularmente porque las partes tienen la posibilidad de intervenir en la designación de los árbitros, acuden voluntariamente al mecanismo arbitral y acatarán de mejor grado el laudo que ponga fin al litigio.
- La informalidad, porque en desarrollo del proceso hay más libertad para las partes y para los árbitros, sin el formalismo y ritualidad de otros procesos judiciales.
- La privacidad, en tanto las deliberaciones, los avances, las pruebas, y los intercambios, son conocidos directamente por las partes y porque permite que estas mantengan en reserva algún aspecto de sus actividades que no desean divulgar.
Pero el arbitramento también puede guardar desventajas que es necesario destacar:
- No siempre resulta cierta la especialidad de los árbitros, especialmente cuando las partes los escogen sin conocer a fondo sus calidades, o cuando son designados por los centros de arbitramento sin atender a las condiciones y particularidades de los casos que deben conocer.
- El costo del arbitraje puede ser un inconveniente si las partes no tiene la suficiente solvencia para sufragar los honorarios, o si estos no se fijan con la debida prudencia.
- La ausencia de recursos legales contra los laudos arbitrales, por cuanto siendo el proceso arbitral de única instancia, puede resultar no solo una gran dificultad ante apreciaciones negativas de los árbitros, sino en una flagrante injusticia cuando el laudo no es acertado.
- La celeridad en la solución. Este precepto no siempre resulta efectivo, dada la etapa prearbitral que, como se verá, es necesario recorrer antes de iniciar el proceso.
En cualquiera de las eventualidades que se han señalado, el arbitraje tiene por objeto resolver conflictos de carácter transigible, de cuya noción surge que el asunto que se someta a este mecanismo debe reunir varios requisitos:
- Que se trate de conflictos determinados o determinables.
- Que se trate de una cuestión litigiosa.
- Que esa cuestión sea transigible y que las partes tengan la capacidad para transigir.
- Como consecuencia de lo anterior, que la cuestión litigiosa tenga un contenido patrimonial.