Estructura de la Hacienda Pública
Según el título XII de la Constitución Política de Colombia, esta estructura parte de una serie se premisas fundamentales que orientan su modelo económico como neoliberal. Algunas de ellas son:
- «El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables» (Const., 1991, art. 332).
- «La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común» (Const., 1991, art. 333).
- La dirección general de la economía estará a cargo del Estado […] El Estado, de manera especial intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios (Const., 1991, art. 335).
- Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos de captación son de interés público y solo pueden ser ejercidas previa autorización del Estado, conforme a la ley (Const., 1991, art. 332).
- «Ningún monopolio podrá establecerse, sino como arbitrio rentístico, con una finalidad de interés público o social y en virtud de la ley» (Const., 1991, art. 332).