Para liquidar la cesantía se toma como base el último salario mensual devengado por el trabajador, siempre que no haya tenido variación en los tres últimos meses. En el caso contrario y en el de los salarios variables, se tomará como base el promedio de lo devengado en el último año de servicios o en todo el tiempo servido si fuere menor de un año. Sin importar el régimen de cesantías al cual pertenezca el trabajador, la fórmula de liquidación de las cesantías es la misma: El salario devengado multiplicado por el número de días trabajados y dividido entre 360 días.