Otras formas de salario

Auxilio de transporte

Todo trabajador que devengue mensualmente hasta dos salarios mínimos, tiene derecho a recibir, además de su salario, un valor adicional por concepto de auxilio de transporte. La cuantía la determina la legislación vigente.

Deducciones

Legalmente el empleador está autorizado para deducir por nómina los aportes de los trabajadores para salud (EPS), pensiones (fondo de pensiones), retención en la fuente y embargos judiciales. Además, previa autorización escrita del trabajador, puede descontar cuotas voluntarias para sindicatos, fondos de empleados y cooperativas, préstamos bancarios por libranza, y otros.

Aportes para salud. Entidades promotoras de salud (EPS) Ley 100 de 1993

Las entidades promotoras de salud son las responsables de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus aportes por delegación del fondo de solidaridad y garantía. Su función básica será organizar y garantizar directa o indirectamente la prestación del plan de salud obligatorio a los afiliados y girar, dentro de los términos previstos en la ley la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor de las correspondientes unidades de pago por captación al fondo de solidaridad y garantía. Todos los trabajadores deben estar afiliados a una sola entidad promotora de salud.

El ingreso base de cotización del afiliado, correspondiente a un periodo mensual de autoliquidación es la suma de los siguientes factores:

Aportes para pensiones

El sistema general de pensiones tiene por objeto garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones determinadas por la Ley (Art. 10 Ley 100 de 1993); características del Sistema General de Pensiones:

El aporte de pensión, que debe consignar mensualmente el empleador a Fondos de Pensiones, actualmente es del 16% (año 2013). Sin embargo, sólo el 8% corresponde al empleador y un 4% corresponde al empleado. Este porcentaje es descontado de su nómina y reflejado en el área de deducciones.

Retención en la fuente

Es el valor que el empleador debe descontar mensualmente a los trabajadores por concepto de impuesto causado sobre el 75% de los pagos gravables originados en la relación laboral, aplicando la tabla que anualmente publica la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales).

Actualmente existen dos procedimientos para la Retención en la fuente por concepto de salarios. Y comúnmente se conocen como: Procedimiento 1 (el de la tabla) y Procedimiento 2 (el del promedio o porcentaje fijo).