Introducción

Los estados financieros consolidados son documentos que muestran la situación financiera y los resultados de operación de un grupo de empresas interrelacionadas por la propiedad de sus acciones y que consideradas desde un punto de vista económico, forman todas una sola organización que opera bajo un control común. Por tanto, este tipo de estados no muestra la posición financiera ni los resultados de operación de una empresa en particular, ni tampoco los de una entidad legal concreta, sino los de un grupo de empresas que integran una unidad económica.

La preparación de los estados financieros consolidados tiene por objeto proporcionar información contable de carácter patrimonial y financiero sobre un grupo empresarial, de tal modo que los datos presentados sean equivalentes a los que se proporcionarían si se tratara de un único ente económico.

Los estados financieros consolidados son los que muestran la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio, así como los flujos de efectivo de la entidad matriz o controlante y sus subordinadas o dominadas, como si fuesen los de una sola empresa.

Dentro de la unidad, se presentan los conceptos básicos y la reglementación; las matrices filiales y subsidiarias; las agencias y sucursales; y los consorcios y uniones temporales.

Objetivos

Objetivo general

Adquirir los conocimientos y destreza para la elaboración de estados financieros.


Objetivos específicos

  • Evaluar el efecto de la consolidación de los estados financieros del ente económico, mostrando en forma global los recursos, operaciones con terceros, operaciones con los inversionistas en un periodo determinado.

  • Identificar las sociedades matrices, subordinadas, subsidiarias y filiales.

  • Determinar y registrar el precio de adquisición de acciones o cuotas sociales a la par del valor contable, por encima o por debajo del valor contable.

  • Registrar correctamente el método de participación para la valuación de las inversiones permanentes en acciones o cuotas sociales.

  • Elaborar la hoja de trabajo relativa a la consolidación de estados financieros, registrando las eliminaciones y ajustes respectivos.

Conceptos básicos y reglamentación

En la unidad anterior, se presentaron varios conceptos importantes para el desarrollo de esta unidad. Dentro de ellos se encuentran los a estados financieros de propósito general. Estos estados financieros se deben preparar al cierre de un perido para que sean conocidos por muchos usuarios, todo con el fin de satisfacer el interés común y evaluar el ente económico.

Según el artículo 22 del Decreto 2649 de 1993 "son estados financieros básicos:

  • El balance general.
  • El estado de resultados.
  • El estado de cambios en el patrimonio.
  • El estado de cambios en la situación financiera.
  • El estado de flujos de efectivo".

Los anteriores conceptos son indispensables para consolidar los estados financieros. Es importante, recordar los estados financieros de propósito general, que deben ser puestos a revisión de la persona encargada o con la competencia de realizar dicha auditoria, ya que se requiere tener una aprobación o improbación de dichos estados financieros.

Para la preparación de los estados financieros consolidados, es necesario preparar con antelación una hoja de trabajo. En términos generales, consta de dos partes: el encabezado y el cuerpo.

Lectura
complementaria

Matrices filiales y subsidiarias

Existe relación de dos o más compañías cada vez que tienen intereses económicos, financieros o administrativos, comunes y relacionados. También existe vinculación económica cuando se presenta cualquier situación de control o dependencia entre ellas. Esta vinculación se presenta entre sociedades matrices y subordinadas:

  • Sociedad matriz: es la sociedad que dirige o controla económica, financiera o administrativamente a otras sociedades.
  1. Sociedad filial: es aquella sociedad que es controlada o dirigida económica, financiera o administrativamente por la matriz.
  2. Sociedad subsidiaria: es aquella sociedad cuyo manejo y supervisión lo ejerce la casa principal, mediante una de las sucursales propias o de compañías vinculadas a la casa principal.

Dé clic aquí y conozca algunos ejemplos de matrices.

Método del costo y método de participación

Para la contabilización de las inversiones permanentes en acciones, cuotas o partes de interés social, existen dos métodos: el método de costo y el método de participación.

Método del costo

La inversión en acciones de una compañía que no tenga control o influencia significativa y que, a su vez, tenga el carácter de permanente, deberá valuarse al costo actualizado por el índice de precios al consumidor. Esta regla se aplicará en aquellos casos de acciones preferentes que por su naturaleza no sean monetarias, de carácter permanente y que no permitan participar en la administración de la empresa emisora. Los dividendos provenientes de estas inversiones se acreditarán a los resultados del ejercicio en que se reciban, excepto los que correspondan a utilidades de ejercicios anteriores a la compra, en cuyo caso se acreditarán a la inversión.

Método de participación

Se utiliza cuando la empresa adquirente tenga la intención de ejercer control o influencia significativa, es decir, cuando se trate de ciertas empresas con carácter de compañías tenedoras, controladoras, subordinadas o asociadas. Este método es un procedimiento que se emplea para evaluar las acciones comunes emitidas por empresas subordinadas y que consiste en adicionar o deducir del valor contable de la inversión, el porcentaje que le corresponda a la compañía tenedora, de las utilidades o pérdidas de esas subordinadas obtenidas en fecha posterior a la de adquisición de las acciones (ver ejemplo).

Conozca el proceso contable que se debe seguir en en el método de participación haciendo clic en la siguiente interactividad.

Agencias y sucursales

El ente comercial jurídicamente puede tener sucursales o agencias, que se definen como el establecimiento de comercio, el cual puede tener su domicilio en la principal o en un lugar diferente; su objetivo es el de desarrollar la actividad económica principal. Por la distancia que separa a las sucursales de la casa matriz, les permite tener mayor independencia económica y contable.

Revise los aspectos contables dando clic aquí.

Las sucursales llevan su propia contabilidad, por lo anterior, lo más recomendable es que las sucursales utilicen el mismo catálogo y cuentas que se empleen en la casa matriz, con el objeto de uniformar tanto las cuentas de uso como los conceptos que se carguen o abonen dichas cuentas y de no ser así, se pueden presentar serias dificultades para formalizar el balance general consolidado, en el cual se totalizarán las cantidades correspondientes a la oficina matriz y a cada una de las sucursales por cada cuenta de balance o de resultados que se tengan establecidas.


Nota

La utilidad que obtenga la sucursal se cargará por la oficina matriz a la cuenta de la sucursal - cuenta de inversión y abonará a la pérdida y ganancias.


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Lectura
complementaria

Consorcios y uniones temporales

El artículo 7 de la Ley 80 de 1993 define los consorcios y las uniones temporales de la siguiente manera:

  • "Consorcio: cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato.

En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.

  • Unión temporal: cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal."

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complementaria

Manejo de intangibles en la adquisición de acciones y cuotas de partes de interés social

Para aproximarse al tema sobre manejo de intangibles en la adquisición y cuotas de partes de interés social, es necesario entender que el patrimonio de un ente económico puede estar conformado por la adquisición de acciones y cuotas de partes de interés social, es decir que el patrimonio se puede definir como el valor residual de los activos del ente económico después de deducir todos sus pasivos, se afirma que la cantidad residual es el derecho que tienen los accionistas o socios sobre el ente económico.

El artículo 67 de la Comisión de Normas Internacionales de la Contabilidad dice: “la cuantía por la cual se muestra el patrimonio, en el balance de situación, depende de la evaluación que se haya hecho de los activos y obligaciones. Normalmente solo por mera casualidad coincidirá el importe acumulado del patrimonio neto con el valor de mercado de las acciones de la empresa ni con el precio de venta de toda la empresa en funcionamiento”.

Lectura
complementaria

Resumen

Son consolidados los estados financieros que presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio así como los flujos de efectivo de la entidad matriz o controlante y sus subordinadas o dominadas, como si fuesen los de una sola empresa, lo cual supone la eliminación de los saldos y transacciones recíprocas entre las entidades objeto de consolidación.

Entidades obligadas a consolidar:

  • Instituciones vigiladas que sean propietarias, directa o indirectamente del cincuenta por ciento (50%) o más de los derechos sociales o aportes en circulación con derecho a voto de otra institución financiera, nacional o extranjera. La participación indirecta en una entidad vigilada; es decir, la realizada por medio de una o varias instituciones subordinadas, será equivalente al porcentaje que las entidades subordinadas posean en la entidad vigilada.
  • Cuando la participación directa o indirecta sea igual o superior al veinte por ciento (20%) o más del capital de otra institución vigilada en la cual se ejerza influencia dominante.
  • Cuando a juicio de la Superintendencia Bancaria, previa comunicación escrita se advierta que existen otros supuestos que se consideren como influencia dominante.

Bibliografía ()

  • Presidencia de la República de Colombia. Colombia. Reglamento general de contabilidad. Decreto 2649 de 1993.
  • Schmandt Besserat, D. (2004). La contabilidad por fichas en el antiguo medio oriente, en: Arqueología e historia de la contabilidad. Bogotá: Universidad Inca de Colombia.

Referencias Web